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Os comunicamos que hemos cerrado un acuerdo de colaboración con Barceló Abogados, despacho especializado en Propiedad Industrial e Intelectual ofreciendo un servicio de asesoramiento integral en la materia.
En el momento actual, la creación e innovación es para las compañías un elemento diferenciador respecto a la competencia. Conscientes de esta necesidad, J&M abogados y economistas ha decidido incorporar en su port-folio de servicios, los servicios de Barceló Abogados que detallamos a continuación:
Asesoramiento en Propiedad Industrial e Intelectual;
Protección Registral: Patentes, marcas y diseños a nivel nacional, internacional y comunitario;
Negociación y Contratación: Regulación contractual de aquellos negocios jurídicos en los que los derechos de patentes y marcas puedan verse implicados; y
Derecho procesal: Procedimientos judiciales y extrajudiciales de infracción de los derechos de patentes y marcas.
Teresa Barceló, socia fundadora y directora de Barceló Abogados, es una profesional dedicada al área de la Propiedad Industrial e Intelectual desde hace más de 16 años, habiendo dirigido durante 13 años el departamento de Propiedad Industrial e Intelectual de un prestigioso despacho a nivel nacional e internacional, en su oficina de Barcelona. Y desde septiembre de 2011 colabora con J&M abogados y economistas en el asesoramiento a nuestros clientes de acuerdo con las líneas de actuación de nuestro despacho.
Agradeciendo una vez más la confianza depositada en nosotros, esperamos que esta iniciativa sea de vuestro interés. Para cualquier consulta al respecto no dudéis en contactar con Teresa Barceló (tbarcelo@barcelo-abogados.com) o bien con Nieves Manresa (nmanresa@jmae.es).
Os remitimos un resumen de las principales novedades fiscales introducidas en el Consejo de Ministros de 30 de diciembre de 2011 que afectan, entre otros, al tipo de retención sobre rendimientos del trabajo, dividendos y ganancias de capital.
El detalle de esta información puede consultarse en el siguiente enlace: Novedades Fiscales 2012.
En el caso que necesite cualquier información adicional, el departamento fiscal de J&M abogados y economistas queda a su disposición.
Con efectos 1 de enero de 2012, el Régimen Especial de Empleados de Hogar se integrará en el Régimen General de la Seguridad Social, mediante la creación del Sistema Especial para Empleados del Hogar, según la Disposición adicional trigésima novena de la Ley 27/2011 de 1 de agosto (BOE del 2) sobre actualización, adecuación y modernización del Sistema de la Seguridad Social.
Para ello, los empleadores para quienes los trabajadores realicen labores domésticas deberán presentar en cualquier Administración de la Seguridad Social o a través de Registro Electrónico, los modelos TA 6 o TA 7 para la solicitud de un Código de Cuenta de Cotización dentro del Sistema Especial para Empleados de Hogar del Régimen General y el modelo TA 2/S- 0138 para solicitar el alta o baja de los trabajadores.
El Real Decreto 1493/2011, establece que desde el pasado 1 de noviembre las empresas y administraciones que empleen a becarios tendrán la obligación de cotizar por ellos.
Por tanto, con esta normativa, quedan asimilados a trabajadores por cuenta ajena, a efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social, quienes participen en programas de formación financiados por entidades u organismos públicos o privados que, vinculados a estudios universitarios o de formación profesional, que no tengan carácter exclusivamente lectivo sino que incluyan la realización de prácticas formativas en empresas, instituciones o entidades y conlleven una contraprestación económica para los afectados, siempre que la realización de dichos programas no dé lugar a una relación laboral.